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“Por la cual se reconocen las uniones de parejas del mismo sexo y sus efectos legales. [Uniones de parejas del mismo sexo]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El Estado reconoce y protege las uniones de parejas del mismo sexo. Son uniones de parejas del mismo sexo las formadas entre dos personas mayores de edad, que hacen una comunidad de vida permanente y singular, siempre que ninguna de ellas tenga vínculo conyugal, unión marital de hecho o unión de pareja del mismo sexo vigente con otra persona. La pareja del mismo sexo podrá registrar su unión ante una notaría del lugar de domicilio común.


Datos Generales

Ago 04 d 2010 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 05 2010

Publicación

494/10

Sep 08 2010

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

615/10

Ponentes

Jun 20 2011

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales