“Por la cual se protegen los derechos de los hijos cuando se disuelve la sociedad conyugal ya sea por separación de bienes o cuando hay disolución en el matrimonio católico, matrimonio civil o por separación de compañeros.”
Estados del Proyecto
Radicado
08.02.2001
Publicación
08.03.2001
Publicada Ponencia Primer Debate
08.13.2001
Archivado en Debate
11.06.2001
Sinopsis
El patrimonio o capital producto del trabajo, ayuda y socorro mutuos se distribuirá por partes iguales cuando los padres se separan a través de divorcio, separación de bienes y compañeros permanentes, la distribución se hará una parte para la mujer otra parte para el hombre y otra parte para los hijos.
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Ago 03 2001 | Publicación | ||
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Nov 06 2001 | Archivado en Debate | Com I Cámara Art 157 Ley 5 de 1992 |