“Por la cual se promueve la integridad en el deporte y se crea el tipo penal amaño o fraude o manipulación de las competiciones deportivas. [Fraude en competencias deportivas]”
Estados del Proyecto
Radicado
09.30.2019
Publicación
10.03.2019
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.23.2020
Sinopsis
El que amañe, altere, constriña o haga un acuerdo o acción u omisión de carácter intencional cuya finalidad sea alterar ilegalmente el resultado o el curso de una competición deportiva a fin de eliminar total o parcialmente el carácter imprevisible de dicha competición con objeto de obtener una ventaja indebida para beneficio propio o de terceros, incurrirá en pena de prisión de doce (12) meses a sesenta (60) meses y multa de cien (100) a cuatrocientos (400) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Datos Generales
| Sep 30 d 2019 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
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Listado de votaciones
| Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
| Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
|---|---|---|---|
Sep 30 2019 | Radicado | ||
Oct 03 2019 | Publicación | ||
Jun 23 2020 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Autores

Mauricio Parodi Díaz

Modesto Enrique Aguilera Vides

José Gabriel Amar Sepúlveda

Bayardo Gilberto Betancourt Pérez

Jairo Humberto Cristo Correa

Carlos Alberto Cuenca Chaux

Carlos Mario Farelo Daza

Atilano Alonso Giraldo Arboleda

José Luis Pinedo Campo

Jaime Rodríguez Contreras

Ángela Patricia Sánchez Leal

Salim Villamil Quessep

Alejandro Carlos Chacón Camargo

Juan Fernando Espinal Ramírez



