“Por la cual se prohíbe realizar descuentos a las mesadas pensionales adicionales de junio y de diciembre.”
Estados del Proyecto
Radicado
05.04.2009
Publicación
05.05.2009
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2009
Sinopsis
Esta iniciativa persigue evitar que por vía de interpretación las entidades administradoras y pagadoras de pensiones realicen sobre las mesadas adicionales de junio y de diciembre, que reciben los pensionados así como los retirados y pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, descuentos fiscales o parafiscales tales como aportes al Fondo de Solidaridad Pensional, a fin de salvaguardar en su integridad el valor de estas mesadas, comúnmente conocidas como "prima de junio" y "prima de navidad" y de esta manera evitar que se deteriore este importante ingreso para los pensionados.
Datos Generales
May 04 d 2009 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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May 04 2009 | Radicado | ||
May 05 2009 | Publicación | ||
Jun 20 2009 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |