“Por la cual se modifica el artículo 49 de la Ley 617 de 2000 ”
Estados del Proyecto
Radicado
11.13.2007
Publicación
11.14.2007
Publicada Ponencia Primer Debate
06.11.2008
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2008
Sinopsis
Prohibiciones relativas a cónyuges, compañeros permanentes y parientes de los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales; concejales municipales y distritales. Los cónyuges o compañeros permanentes, y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil de los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales no podrán ser miembros de juntas o consejos directivos de entidades del sector central o descentralizados del correspondiente departamento, distrito o municipio ni miembros de juntas directivas, representantes legales, revisores fiscales, auditores o administradores de las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el respectivo departamento o municipio
Datos Generales
Nov 13 d 2007 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Nov 13 2007 | Radicado | ||
Nov 14 2007 | Publicación | ||
Jun 11 2008 | Publicada Ponencia Primer Debate | Ponencia Negativa | |
Ponentes | |||
Jun 20 2008 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 162 Cp Art 190 Ley 5 De 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Participación ciudadana
Tema
Justicia
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
nov. 13, 2007
Legislatura
Legislatura Jul 2007 - Jun 2008
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
descentralización ley 617 de 2000 departamento distrito municipio juntas consejos directivos servicios públicos