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“Por la cual se modifica el Régimen de Registro Civil de los hijos extramatrimoniales y se dictan otras disposiciones.”

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Decisiones de la Corte

Sinopsis

El interés superior del niño impone al Estado el deber de ofrecerle las condiciones propicias para su sostenimiento y para su formación como ser social, lo que sugiere eliminar todos los factores que puedan obstruir el cabal ejercicio de sus derechos. Bajo esa óptica, el derecho a conocer la filiación, reconocido expresamente en la Constitución Política (artículo 44), y la urgencia de lograr ese conocimiento como presupuesto indispensable para el establecimiento de la identidad del individuo y para la reclamación oportuna de muchos otros derechos, hace menester disponer de mecanismos idóneos para determinar con la suficiente inmediatez la maternidad y la paternidad de quien adquiere personalidad jurídica.


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Mar 28 d 2007 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Mar 28 2007

Radicado

Mar 29 2007

Publicación

102/07

Jun 20 2007

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

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