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“Por la cual se modifica el esquema de financiamiento de la educación superior, definido en la Ley 30 de 1992 y se dictan otras disposiciones. [Financiación de la educación superior]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Las entidades territoriales que tengan deudas por concepto de aportes a las universidades estatales, deberán proceder a su presupuestación y pago. El valor de esta deuda resulta de la diferencia entre el valor presente de los aportes que la entidad territorial tendría que haber efectuado y mantenido anualmente en pesos constantes desde 1993 y los aportes efectivamente realizados. Las entidades territoriales contarán con seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley para la suscripción de los acuerdos de pago a que haya lugar. Vencido este término sin que se haya suscrito el acuerdo de pago, cada universidad procederá a realizar la liquidación de tal deuda. Dicha liquidación constituirá título ejecutivo.


Datos Generales

Ago 02 d 2010 Fecha de inicio 2 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 02 2010

Publicación

474/10

Sep 13 2010

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

644/10

Ponentes

Sep 22 2010

Concepto InstitucionalMinisterio de Hacienda y Crédito Público

Jun 20 2011

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2010 2014

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Educación, cultura, ciencia y tecnología

  • Tema

    Economía

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    55/10

  • Fecha de Radicación

    ago. 2, 2010

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2010 - Jun 2011

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    644/10

    474/10

  • Tags

    educación financiación