Compartir

“Por la cual se modifica la Ley 14 de 1983 en materia catastral, y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Se fortalecen los fiscos de las entidades territoriales, de la siguiente manera:
Que las autoridades catastrales que tienen a su cargo las labores de formación, actualización y conservación de los catastros, tendientes a la correcta identificación física, jurídica, y económica de los inmuebles, también incluyan su identificación urbanística, ambiental y social.
Que en ningún caso el avalúo catastral del predio podrá ser superior al 75% de su valor comercial.
Las autoridades catastrales tendrán la obligación de formar los catastros o actualizarlos en el curso de períodos de cinco (5) años, en todos los municipios del país, con el fin de revisar los elementos físico y jurídico del catastro y eliminar las posibles disparidades en el avalúo catastral originadas en mutaciones físicas, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, valorización o desvalorización, factores socioeconómicos o ambientales, y/o condiciones locales del mercado inmobiliario.


Datos Generales

Abr 16 d 2007 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 16 2007

Radicado

Abr 18 2007

Publicación

121/07

Jun 21 2007

Publicada Ponencia Primer DebatePonencia Negativa

325/07

Ponentes

Sep 10 2007

Archivado por Vencimiento de TérminosArt 190 Ley 5 De 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Comercio, industria y turismo

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

    262/07

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    abr. 16, 2007

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2006 - Jun 2007

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    325/07

    121/07

  • Tags

    catastro catastral Ley 14 de 1983 avalúo catastral