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“Por la cual se modifica el artículo 8° del Decreto 1750 de 2003. [Junta Directiva de las empresas Sociales del Estado]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Busca modificar la composición de la Junta Directiva de las Empresas Sociales del Estado creadas como consecuencia de la escisión del Instituto de Seguros Sociales, incorporando a un representante de su personal médico, elegido democráticamente entre sus integrantes y precisando que el representante del sector de los trabajadores debe ser una persona que tenga un vínculo laboral permanente con alguna de las clínicas o centros de atención ambulatoria que conforman cada empresa, también elegido democráticamente.


Datos Generales

Ago 25 d 2004 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 25 2004

Radicado

Ago 31 2004

Publicación

480/04

Oct 15 2004

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

617/04

Ponentes

Nov 03 2004

Aprobado Primer DebateComisión VII Cámara

728/04

Nov 04 2004

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

719/04

Ponentes

Dic 14 2004

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

18/05

Jun 02 2005

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

340/05

Ponentes

Jun 21 2006

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992