“Por la cual se modifica el parágrafo 2º del artículo 35 de la Ley 788 de 2002, para fortalecer los Fondos Municipales de Fomento y Desarrollo del Deporte creados por la Ley 19 de 1991.”
Sinopsis
El objetivo del presente proyecto es modificar el parágrafo 2° del artículo 35 de la Ley 788 de 2002, con el propósito de fortalecer los Fondos Municipales de Fomento y Desarrollo del Deporte creados por la Ley 19 de 1991, con el porcentaje del cuatro por ciento (4%) de incremento en el IVA para la telefonía móvil tal como está establecido en la mencionada disposición.
Datos Generales
Jul 20 d 2006 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Jul 20 2006 | Radicado | ||
Jul 26 2006 | Publicación | ||
Jun 20 2008 | Acumulado | Ver Pl 39/06 Cámara |
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Recreación y deporte
Tema
Economía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
jul. 20, 2006
Legislatura
Legislatura Jul 2006 - Jun 2007
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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