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“Por la cual se hacen unas modificaciones al artículo 103 de la Ley 633 de 2000. [Catedral de Sal de Zipaquirá]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

A partir del 1° de enero del año 2001 la Nación cede a favor del municipio de Zipaquirá la administración y la totalidad de los ingresos provenientes del valor que se pague por la entrada a visitar la Catedral de Sal de Zipaquirá, así como los provenientes de los demás bienes que conforman el complejo turístico. Estos recursos serán utilizados por el municipio prioritariamente para el mantenimiento y funcionamiento óptimo de la Catedral como monumento turístico‑religioso y para fomentar el desarrollo turístico y sus obras de infraestructura del orden local y regional, en armonía con lo establecido por la Ley 388 de 1997 sobre planes y programas del orden territorial a escala municipal, departamental y nacional.


Datos Generales

Ago 22 d 2001 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 22 2001

Radicado

Ago 24 2001

Publicación

419/01

Oct 01 2001

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

510/01

Ponentes

Oct 02 2001

Aprobado Primer DebateComisión III Senado

546/01

Oct 26 2001

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

546/01

Nov 20 2001

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

610/01, 611/01, 141/02

Abr 15 2002

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

141/02

Ponentes

Jun 05 2002

Aprobado Tercer DebateComisión III Cámara

218/02

Jun 14 2002

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

228/02

Ponentes

Jun 20 2002

Aprobada ConciliaciónEn Senado y Cámara

263/02

Jun 20 2002

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Cámara

Jul 23 2002

Objeción Total del EjecutivoObjetado totalmente por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia. Ministerio de Hacienda, Ministerio de Desarrollo

326/02

Datos generales