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“Por la cual se hace obligatorio el uso de dispositivos de seguridad en tanques y recipientes de combustibles líquidos y gaseosos.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los recipientes móviles y fijos destinados a contener combustibles inflamables, líquidos o gaseosos, serán fabricados en material capaz de evitar explosiones y reacciones en cadena causadas por fuente externa de calor, disparos o atentados en general.


Datos Generales

Ago 02 d 1999 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 02 1999

Radicado

Ago 09 1999

Publicación

240/99

Nov 03 1999

Aprobado Primer DebateComisión VII Senado

333/00, 177/01

Nov 03 1999

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

404/99

Ponentes

May 07 2001

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

177/01

Ponentes

Jun 20 2001

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

331/01

Datos generales

  • Cuatrienio

    1998 2002

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Minas y energía

  • Tema

    Comercio, industria y turismo

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    52/99

  • Fecha de Radicación

    ago. 2, 1999

  • Legislatura

    Legislatura Jul 1999 - Jun 2000

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    331/01

    177/01

    333/00, 177/01

    404/99

    240/99

  • Tags

    combustibles