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“Por la cual se fomenta el hábito de la lectura y la escritura en los Programas de Educación Preescolar, Básica y Media, mediante la creación de la hora diaria de afectividad por los libros, la lectura y la escritura y se dictan otras disposiciones. [Hábito de la lectura y la escritura, Hora diaria de lectura]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La presente ley tiene por objeto la promoción y fomento de la lectura y la escritura, a través de la incorporación de la hora diaria de afectividad por los libros, la lectura y la escritura, en los Programas de Educación para la Primera Infancia o Preescolar, Básica y Media en todas las instituciones educativas oficiales y privadas del país, para que haga parte del diseño curricular del Proyecto Educativo Institucional e incida en la conformación de comunidades lectoras y escritoras, con el fin de garantizar a los niños, niñas, jóvenes y adultos, el derecho de acceso al conocimiento de la ciencia, la técnica y la cultura local, nacional y universal, como mecanismo de realización de un pleno desarrollo humano.


Datos Generales

Oct 31 d 2012 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Oct 31 2012

Radicado

Oct 31 2012

Publicación

752/12

Nov 20 2012

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

870/12

Ponentes

Jun 19 2013

Retirado por el AutorArt. 155 Ley 5 de 1992

546/13

Datos generales