“Por la cual se expiden normas sobre acoso u hostigamiento sexual.”
Estados del Proyecto
Radicado
11.14.2001
Publicación
11.16.2001
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2002
Sinopsis
El Capítulo Quinto del Título IV del Libro Segundo del Código Penal (Ley 599 de 2000), estará integrado por la siguiente disposición:
"Artículo 219C. Acoso u Hostigamiento Sexual. El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta, por relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente a otra persona, con fines sexuales no consentidos, incurrirá en prisión de dos (2) a cuatro (4) años". La acción penal respecto del delito a que se refiere el artículo 219C del Código Penal sólo procederá mediante querella.
Datos Generales
Nov 14 d 2001 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Nov 14 2001 | Radicado | ||
Nov 16 2001 | Publicación | ||
Jun 20 2002 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 | |
Ponentes |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Justicia
Tema
Mujer
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
nov. 14, 2001
Legislatura
Legislatura Jul 2001 - Jun 2002
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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