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“Por la cual se exime del pago de arancel el impuesto a las ventas, a los artículos y aparatos ortopédicos y prótesis para personas lesionadas en acciones terroristas y/o actos de insurgencia.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los artículos y aparatos de ortopedia, prótesis, incluidas las fajas y bandas médico-quirúrgicas y las muletas, tablillas, férulas y demás artículos y aparatos para fracturas; artículos y aparatos de prótesis; audífonos y demás aparatos que lleve la propia persona, o se le implanten para compensar una incapacidad, ocasionada por acción terrorista o acto de insurgencia en el territorio nacional, estarán excluidas del Impuesto a las Ventas y Arancel alguno, tanto sean de producción nacional o sean importadas. Cuando el individuo realice compra o importación del bien, deberá presentar certificación de la primera autoridad de Policía Municipal, donde conste el estado de discapacidad.


Datos Generales

Jul 20 d 2004 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 20 2004

Radicado

Jul 23 2004

Publicación

386/04

Jul 24 2004

AcumuladoVer Pl 130/04 Senado

Este proyecto se acumula en:

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Seguridad Social y salud

  • Tema

    Conflicto armado

  • Número en Cámara de Representantes

    27/04

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    jul. 20, 2004

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2004 - Jun 2005

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    386/04

  • Tags

    excension salud