“Por la cual se estatuyen las vacaciones individuales de la Rama Judicial. [Vacaciones de la Rama Judicial]”
Estados del Proyecto
Radicado
03.26.2012
Publicación
03.27.2012
Publicada Ponencia Primer Debate
06.12.2012
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2012
Sinopsis
La presente ley tiene por objeto regular el disfrute del derecho al descanso remunerado de los funcionarios y empleados públicos de la Rama Judicial, con el fin de mejorar la eficiencia del servicio público esencial de la Administración de Justicia. Para ello, determina que los funcionarios y empleados de la Rama Judicial tienen derecho a 15 días hábiles consecutivos de vacaciones individuales, por cada año de servicio.
Datos Generales
Mar 26 d 2012 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Mar 26 2012 | Radicado | ||
Mar 27 2012 | Publicación | ||
Jun 12 2012 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2012 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art. 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Rama Judicial
Tema
Justicia
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
mar. 26, 2012
Legislatura
Legislatura Jul 2011 - Jun 2012
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
Rama Judicial justicia jueces vacaciones descanso remunerado