“Por la cual se establecen los barrios cerrados.”
Estados del Proyecto
Radicado
04.17.2002
Publicación
04.19.2002
Publicada Ponencia Primer Debate
05.21.2002
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2003
Sinopsis
Los Barrios Cerrados se constituirán por la Asociación de Propietarios de los predios de dominio privado llamados a integrarlo, y que lo soliciten por lo menos un número no inferior al ochenta por ciento (80%) de los propietarios. Los Barrios Cerrados podrán solicitar a la autoridad urbanística licencia para convertirse en Barrio Cerrado. Dicha solicitud deberá ser hecha por un número no inferior al ochenta por ciento (80%) de los propietarios. Obtenida la licencia urbanística, los propietarios, con ese mismo porcentaje, podrán acordar someterse al régimen de propiedad horizontal, aprobando los estatutos respectivos. En esta reunión, los propietarios tendrán derecho a un voto por cada inmueble de su propiedad.
Datos Generales
Abr 17 d 2002 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Abr 17 2002 | Radicado | ||
Abr 19 2002 | Publicación | ||
May 21 2002 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2003 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Ordenamiento Territorial y regiones
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 17, 2002
Legislatura
Legislatura Jul 2001 - Jun 2002
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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