“Por la cual se establecen los criterio y mecanismos para la distribución equitativa de unas asignaciones directas de regalías petroleras.”
Estados del Proyecto
Radicado
11.16.2001
Publicación
11.23.2001
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2002
Sinopsis
El primer inciso del parágrafo del artículo 5° de la Ley 141 de 1994 quedará así:
La Comisión asignará el trece por ciento (13%) de los recaudos anuales propios del Fondo, para proyectos presentados por el entidades territoriales de acuerdo con lo establecido en esta ley y con los fines exclusivos que prescribe el artículo 361 de la Constitución Política, distribuidos así:
A este parágrafo se le adiciona el numeral 17, el cual quedará así:
17. El cero punto trescientos setenta y cinco por ciento (0.375%) al Municipio de Sincelejo, durante los próximos diez años, destinados a
Datos Generales
Nov 16 d 2001 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Nov 16 2001 | Radicado | ||
Nov 23 2001 | Publicación | ||
Jun 20 2002 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Economía
Tema
Minas y energía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
nov. 16, 2001
Legislatura
Legislatura Jul 2001 - Jun 2002
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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