“Por la cual se establece límite a la participación del crédito otorgado por el sistema financiero a los Entes Territoriales.”
Sinopsis
A partir de la promulgación de la presente ley, la participación del crédito otorgado por el Sistema Financiero al Sector Público, será hasta el treinta por ciento (30%) del total de los recursos disponibles de la entidad crediticia que presta el servicio. Es obligación de las entidades financieras disponer como mínimo el setenta por ciento (70%) de los recursos disponibles al fortalecimiento del sector productivo de la economía.
Datos Generales
Nov 26 d 2001 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Estados del Proyecto
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Nov 26 2001 | Radicado | ||
Nov 27 2001 | Publicación | ||
Nov 28 2001 | Acumulado | Ver PL 106/01 Cámara |