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“Por la cual se establece el no retiro del servicio activo por razones del servicio y en forma discresional por inconveniencia y por razones de inteligencia del personal de la Policía Nacional y Fuerzas Militares, se deroga el retiro del servicio activo por facultad discrecional, por inconveniencia y por razones de inteligencia del personal no uniformado y personal civil que integra la Policía Nacional y Fuerzas Militares en Colombia.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El Gobierno Nacional ‑ Ministerio de Defensa Nacional, el Director de la Policía Nacional, el Comandante de las Fuerzas Militares y los Comandantes de cada Fuerza en Colombia, unos y otros, no podrán disponer el retiro del servicio activo del personal uniformado por razones del servicio y en forma discrecional. Igualmente, no se podrá retirar del servicio activo por la facultad discrecional, por inconveniencia y por informes de inteligencia al personal civil y personal no uniformado que pertenezca a las Fuerzas Militares o la Policía Nacional, respectivamente.


Datos Generales

Abr 30 d 2001 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 30 2001

Radicado

May 03 2001

Publicación

161/01

Jun 19 2001

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

312/01

Ponentes

Jun 20 2001

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    1998 2002

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Seguridad, defensa y fuerza pública

  • Tema

    Administración pública

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    202/01

  • Fecha de Radicación

    abr. 30, 2001

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2000 - Jun 2001

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    312/01

    161/01

  • Tags

    Fuerza pública Policía Nacional Fuerzas Militares