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“Por la cual se establece el régimen del servicio de alumbrado público y se dictan otras disposiciones. [Servicio de alumbrado público]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los municipios o distritos son los responsables de la prestación del servicio de alumbrado público. El municipio o distrito podrá prestar directamente el servicio de alumbrado público, mediante entidades descentralizadas por servicios, o por concesión, con prestadores especializados mediante procesos de contratación sujetos al estatuto contractual del Estado.


Datos Generales

Sep 17 d 2003 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 17 2003

Radicado

Sep 19 2003

Publicación

478/03

Sep 20 2003

AcumuladoVer Pl 87/03 Cámara

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Servicios Públicos

  • Tema

    Impuestos

  • Número en Cámara de Representantes

    116/03

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    sept. 17, 2003

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2003 - Jun 2004

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    478/03

  • Tags

    Servicios públicos