“Por la cual se establece el régimen del servicio de alumbrado público y se dictan otras disposiciones. [Servicio de alumbrado público]”
Sinopsis
Los municipios o distritos son los responsables de la prestación del servicio de alumbrado público. El municipio o distrito podrá prestar directamente el servicio de alumbrado público, mediante entidades descentralizadas por servicios, o por concesión, con prestadores especializados mediante procesos de contratación sujetos al estatuto contractual del Estado.
Datos Generales
Sep 17 d 2003 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Sep 17 2003 | Radicado | ||
Sep 19 2003 | Publicación | ||
Sep 20 2003 | Acumulado | Ver Pl 87/03 Cámara |
Proyectos acumulados:
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Servicios Públicos
Tema
Impuestos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
sept. 17, 2003
Legislatura
Legislatura Jul 2003 - Jun 2004
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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