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“Por la cual se establece la pensión de jubilación conyugal y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Tiene por objeto crear un régimen especial de jubilación para las Sociedades Conyugales y las Uniones de Hecho, en la que uno de sus miembros tenga al menos sesenta y dos (62) años de edad, más de cinco (5) años de relación conyugal o convivencia permanente, no perciban pensión de jubilación alguna, y que individualmente no hayan completado las semanas de cotización requeridas o el capital mínimo ahorrado para obtener una pensión de jubilación, puedan sumar sus años de aportación individual o sus aportes de capital para que la sociedad conyugal o la unión de hecho, de la que forman parte, tenga derecho a recibir una pensión de jubilación dentro del régimen de pensiones regulado por la Ley 100 de 1993 y demás normas reglamentarias


Datos Generales

Jul 22 d 2009 Fecha de inicio 5 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 22 2009

Radicado

Jul 24 2009

Publicación

621/09

Ago 28 2009

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

864/09, 1129/09

Ponentes

May 05 2010

Aprobado Primer DebateComisión I Cámara

380/10

May 17 2011

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

303/11

Ponentes

Jun 20 2011

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Seguridad Social y salud

  • Tema

    Familia

  • Número en Cámara de Representantes

    49/09

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    jul. 22, 2009

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2009 - Jun 2010

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    303/11

    380/10

    864/09, 1129/09

    621/09

  • Tags

    familia