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“Por la cual se establece Primero (1) de Agosto, día de la emancipación del Pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, como el Día Nacional del Pueblo Raizal. [Día Nacional del Pueblo Raizal]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Establece el Primero (1) de Agosto, día de la emancipación del Pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, como el Día Nacional del Pueblo Raizal. Se desarrollará una campaña de conmemoración de este pueblo ancestral, cuya coordinación estará a cargo del Gobierno Nacional, en conjunto con las entidades departamentales y municipales y la autoridad representativa del Pueblo Raizal “Consejo Raizal- Raizal Council”.


Datos Generales

Jul 20 d 2020 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 20 2020

Radicado

Ago 11 2020

Publicación

667/20

Ago 31 2020

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

795/20

Ponentes

Sep 17 2020

Aprobado Primer DebateComisión II Cámara

1062/20

Oct 05 2020

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

1062/20

Ponentes

Nov 17 2020

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

1410/20

Abr 15 2021

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

283/21

Ponentes

Jun 08 2021

Aprobado Tercer DebateComisión II Senado

641/21

Jun 15 2021

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

641/21

Ponentes

Dic 02 2021

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Senado

1825/21

Dic 15 2021

En ConciliaciónInforme de conciliación

1866/21, 1872/21

Ponentes

Dic 16 2021

Aprobada conciliación en SenadoPlenaria Senado

Ene 06 2022

Sancionado como LeyLey 2192 de 2022

91/22