“Por la cual se escinden del Ministerio del Interior y de Justicia, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia y del Derecho y se deroga el artículo 3° de la Ley 790 de 2002.”
Sinopsis
Deroga el artículo 3° de la Ley 790 de 2002 que fusionó los Ministerios del Interior y el Ministerio de Justicia y del Derecho en el Ministerio del Interior y la Justicia. En su lugar, escíndanse esos dos ministerios y créanse autónomamente, de un lado, el Ministerio del Interior y, de otro, el Ministerio de Justicia y del Derecho, cuyos objetivos y funciones serán los establecidos antes de la fusión de dichos ministerios.
Datos Generales
Abr 13 d 2010 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Abr 14 2010 | Publicación | ||
Jun 20 2010 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Rama Ejecutiva
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 13, 2010
Legislatura
Legislatura Jul 2009 - Jun 2010
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