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“Por la cual se dispone la enajenación de una participación accionaria de la Nación en Ecopetrol S. A. [Enajenación ECOPETROL]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá enajenar su participación accionaria en Ecopetrol hasta por el equivalente al diez por ciento (10%) del capital suscrito y pagado de la empresa, garantizando que la Nación conserve como mínimo la propiedad del setenta por ciento (70%) de las acciones en circulación con derecho a voto de Ecopetrol. La enajenación se efectuará sin perjuicio de la capitalización autorizada por la Ley 1118 de 2006.


Datos Generales

Ago 02 d 2011 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 02 2011

Radicado

Ago 02 2011

Publicación

558/11

Jun 15 2012

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

374/12

Ponentes

Jun 20 2012

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt. 190 Ley 5 de 1992

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