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“Por la cual se dictan disposiciones sobre disolución, liquidación y escisión de partidos y movimientos políticos. [Disolución liquidación y escisión de partidos políticos]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los partidos políticos se disolverán por: las causales previstas en los estatutos; la imposibilidad de desarrollar su objeto; por decisión de la convención del partido o movimiento político, o de su máximo órgano de dirección, conforme a las leyes y a los estatutos; por decisión de autoridad competente en los casos expresamente previstos en las leyes; y por las demás causales establecidas en las leyes.

Podrán solicitar la escisión de un partido o movimiento político el veinticinco por ciento (25%) de sus militantes o de los miembros de las corporaciones públicas elegidos por el partido o movimiento político del cual se pretenden escindir, o el 60% de los miembros del Congreso reunidos en sesión conjunta de sus bancadas de Senado y Cámara de Representantes.


Datos Generales

Jul 20 d 2012 Fecha de inicio 1 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 20 2012

Radicado

Jul 26 2012

Publicación

461/12

Ago 10 2012

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

566/12

Ponentes

Abr 23 2013

Archivado en DebateArt. 157 Ley 5 de 1992

525/13

Autores

Datos generales