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“Por la cual se dictan normas correspondientes a la obtención del derecho de propiedad a los tenedores o poseedores de vivienda de interés social.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Se faculta al Gobierno Nacional para legalizar la tenencia o posesión de las viviendas de su propiedad, habitadas mediante contratos de arrendamientos suscritos con el Instituto de Crédito Territorial o por situaciones de hecho sucedidas antes del 31 de diciembre de 1999, mediante la venta a sus tenedores o poseedores y fijando como precio el saldo de capital de la obligación creada por el respectivo inmueble y subsidiariamente, el asignado por el Instituto de Crédito Territorial al momento de terminar la construcción de dichas viviendas. El Gobierno reglamentará los procedimientos y las condiciones legales requeridas, para la ejecución de las facultades conferidas, con el fin de que los tenedores y poseedores a que se refiere la presente ley, adquieran el derecho de propiedad sobre los respectivos bienes inmuebles.


Datos Generales

Oct 29 d 2002 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Oct 29 2002

Radicado

Nov 07 2002

Publicación

478/02

Jun 20 2003

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Vivienda

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

    122/02

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    oct. 29, 2002

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2002 - Jun 2003

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    478/02

  • Tags

    vivienda vivienda de interes social vis subsidios