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“Por la cual se deroga la Ley 178 de 1959 y la Ley 980 de 2005 (Cedelca).”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

A diferencia a épocas anteriores a la fecha, que a través de este impuesto los propietarios de los inmuebles contribuían para fortalecer una empresa estatal operada por el Estado, a partir de la fecha será el capital privado y público con destinación específica determinada por el Gobierno Nacional, el llamado a contribuir con el desarrollo del departamento del Cauca a través de la construcción de infraestructura eléctrica, premisa real ya que será el modelo a desarrollar dentro del proceso próximo a culminar para la vinculación de un gestor especializado de energía eléctrica para los 20 años venideros, en Cedelca S.A. ESP.


Datos Generales

Jul 22 d 2008 Fecha de inicio 1 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 22 2008

Radicado

Jul 29 2008

Publicación

465/08

Dic 12 2008

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

943/08

Ponentes

Mar 25 2009

Aprobado Primer DebateComisión V Senado

210/09

Abr 13 2009

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

210/09

Ponentes

Abr 22 2009

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

271/09

May 26 2009

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

387/09

Ponentes

Jun 09 2009

Aprobado Tercer DebateComisión V Cámara

421/10, 493/09

Jun 09 2009

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

493/09

Ponentes

Jun 18 2009

Archivado en DebateArt 184 Ley 5 de 1992

861/09

Datos generales