“Por la cual se crean las colegiaturas de abogados, se autoriza su funcionamiento y se establecen sus obligaciones. [Colegiaturas de abogados]”
Estados del Proyecto
Radicado
07.20.2010
Publicación
07.22.2010
Publicada Ponencia Primer Debate
09.06.2010
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2011
Sinopsis
Crea los colegios de abogados, en virtud de lo cual se le confieren especiales facultades al Consejo Superior de la Judicatura para que reconozca personería jurídica, autorice, regule el funcionamiento y ejerza control y vigilancia sobre asociaciones, colegios de abogados titulados y organizaciones de primer, segundo y tercer grado creadas con fines sociales, sin ánimo de lucro, de carácter no gubernamental, para asociar y vincular a los profesionales del derecho.
Datos Generales
Jul 20 d 2010 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Estados del Proyecto
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Jul 20 2010 | Radicado | ||
Jul 22 2010 | Publicación | ||
Sep 06 2010 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
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Jun 20 2011 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |