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“Por la cual se crea la Casa-cárcel para el vigilante y se dictan normas en prevención de la reincidencia en la violación de la ley policiva o penal por el menor de edad.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Casa-Cárcel es el lugar destinado para la detención preventiva y el cumplimiento de la pena por delitos culposos cometidos en accidente de tránsito o por celadores en cumplimiento de funciones propias a su cargo. Los vigilantes de que trata la presente ley deberán estar vinculados laboralmente en una empresa de vigilancia, que cumpla con los requisitos de ley en el momento de ocurrir la conducta culposa. El Inpec, y/o entidades privadas, podrán crear, administrar y sostener las casas-cárcel del vigilante. Las entidades privadas requerirán previa autorización del Inpec, quien ejercerá en todo caso la dirección y vigilancia. Los gastos que demande el funcionamiento de las casas-cárcel se cubrir án con lo ingresos que genere la misma. No obstante, el Inpec podrá asignar recursos para la construcción de casas-cárcel, dentro de la política carcelaria del respectivo plan de desarrollo.


Datos Generales

Sep 20 d 2004 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 20 2004

Radicado

Sep 22 2004

Publicación

561/04

Jun 20 2005

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Justicia

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

    174/04

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    sept. 20, 2004

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2004 - Jun 2005

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    561/04

  • Tags

    carcel penal vigilantes niñez