Compartir

“Por la cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro de Regalías y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los artículos 1º, 2º, 7º y 8º, se refieren a la creación del Fondo de Ahorro de Regalías, como un sistema de manejo de cuentas, sin personería jurídica y administrado por el Banco de la República, previa celebración de un contrato con los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía. La administración contará con la intervención de un Consejo de Inversiones conformado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Director General del Departamento Nacional de Planeación y sendos representantes de los gobernadores de los departamentos y de los alcaldes de los municipios participantes. El Gerente General del Banco de la República también formará parte de ese Consejo con voz pero sin voto. Para determinados efectos de la administración del Fondo, concretamente el señalamiento de la política de inversiones de sus recursos, el Ministro de Hacienda y Crédito Público tendrá voto privilegiado.


Datos Generales

Sep 02 d 2008 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Economía

  • Tema

    Rama Ejecutiva

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    144/08

  • Fecha de Radicación

    sept. 2, 2008

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2008 - Jun 2009

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    941/08

    574/08

  • Tags

    regalías fondo de ahorro de regalias