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“Por la cual se crea la política pública de Viviendas Abiertas para garantizar el acceso a espacios de pernoctación y acompañamiento a los habitantes de calle, y se dictan otras disposiciones. [Viviendas Abiertas para habitantes de calle]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El objeto de la presente ley es crear la política pública Viviendas Abiertas, para garantizar espacios, personal especializado y condiciones dignas para la pernoctación de la población habitante de calle, contribuyendo al desarrollo personal de los habitantes de calle. La atención integral a ciudadanos habitantes de calle debe darse respondiendo a la dignidad humana, la solidaridad, igualdad y no discriminación, prevaleciendo en todo momento sus derechos fundamentales.


Datos Generales

Jul 20 d 2020 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 20 2020

Radicado

Ago 10 2020

Publicación

653/20

Oct 02 2020

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

1052/20

Ponentes

Oct 15 2020

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2018 2022

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Bienestar y pobreza

  • Tema

    Administración pública

  • Número en Cámara de Representantes

    88/20

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    jul. 20, 2020

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2020 - Jul 2021

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    1052/20

    653/20

  • Tags

    habitante de calle refugios vivienda abierta