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“Por la cual se autoriza emisión de estampilla pro hospitales de primer y segundo nivel de atención del departamento de Bolívar. [Estampilla hospitales de Bolívar]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Autoriza a la Asamblea del departamento de Bolívar para que ordene la emisión de la estampilla pro Hospitales de primer y segundo nivel de atención en el departamento de Bolívar. El producido de la estampilla a la que se refiere el artículo anterior, se destinará exclusivamente para:
a) Construcción, ampliación y mantenimiento de planta física;
b) Adquisición, mantenimiento y reparación de equipos requeridos y necesarios para desarrollar y cumplir con las funciones propias de las instituciones de primer y segundo nivel de atención;
c) Dotación de instrumentos y suministros requeridos por las instituciones en el área de laboratorios, centros o unidades de diagnósticos, biotecnología, microtecnología, informática y comunicaciones.


Datos Generales

Jul 25 d 2013 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 25 2013

Radicado

Jul 31 2013

Publicación

577/13

Jun 20 2014

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2010 2014

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Estampillas

  • Tema

    Seguridad Social y salud

  • Número en Cámara de Representantes

    30/13

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    jul. 25, 2013

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2013 - Jun 2014

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    577/13

  • Tags

    estampilla hospitales salud seguridad social Bolivar