“Por la cual se autoriza al Gobierno Nacional deducir del giro bimestral de transferencias el valor de consumo eléctrico que se cause en los entes territoriales.”
Estados del Proyecto
Radicado
09.11.2001
Publicación
09.13.2001
Publicada Ponencia Primer Debate
11.02.2001
Archivado en Debate
05.29.2002
Sinopsis
Se autoriza al Tesoro Nacional deducir del Giro bimestral de Transferencias, el valor de consumo eléctrico que se causen en los entes Territoriales y Entidades del Orden Nacional por todo concepto. Para cumplir con lo señalado en el artículo anterior las Empresas distribuidoras de energía presentarán a la Tesorería General de la Nación las facturas por concepto del suministro de energía por bimestres vencidos. Las Empresas Distribuidoras de Energía cancelarán a los Entes Territoriales el Impuesto de Industria y Comercio señalado por la ley y causado por cada usuario. Esta liquidación será situada en el respectivo ente Territorial los últimos cinco (5) días de cada mes y será destinada para construcción y conservación de vías urbanas y rurales en proporción a lo que resulta en la respectiva población urbana o rural.
Datos Generales
Sep 11 d 2001 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
---|
Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
---|---|---|---|
Sep 11 2001 | Radicado | ||
Sep 13 2001 | Publicación | ||
Nov 02 2001 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
May 29 2002 | Archivado en Debate | Com V Cámara Art 157 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Minas y energía
Tema
Ordenamiento Territorial y regiones
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
sept. 11, 2001
Legislatura
Legislatura Jul 2001 - Jun 2002
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags