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“Por la cual se autoriza a la Asamblea Departamental del Magdalena para que ordene la emisión de la Estampilla de Fomento Turístico y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El recaudo obtenido por el uso de la estampilla se destinará a inversiones y promociones turísticas, de conformidad con los planes sectoriales de turismo del nivel nacional, departamental, distrital o municipal y en ningún caso financiarán gastos ordinarios de funcionamiento.


Datos Generales

Oct 16 d 2002 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Oct 16 2002

Radicado

Oct 25 2002

Publicación

442/02

Jun 06 2003

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

244/03

Ponentes

Jun 20 2003

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Estampillas

  • Tema

    Comercio, industria y turismo

  • Número en Cámara de Representantes

    105/02

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    oct. 16, 2002

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2002 - Jun 2003

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    244/03

    442/02

  • Tags

    estampilla turismo