“Por la cual se autoriza la emisión de la estampilla pro hospitales de primer y segundo nivel de atención de la ciudad de Bogotá, D. C. [Estampilla Pro Hospitales Bogotá]”
Sinopsis
El producido de la estampilla a la que se refiere el artículo anterior, se destinará exclusivamente para:
a) Construcción, ampliación y mantenimiento de planta física;
b) Adquisición, mantenimiento y reparación de equipos, requeridos y necesarios para desarrollar y cumplir con las funciones propias de las instituciones de primer y segundo nivel de atención;
c) Dotación de instrumentos y suministros requeridos por las instituciones en el área de laboratorios, centros o unidades de diagnósticos, biotecnología, microtecnología, informática y comunicaciones.
Datos Generales
Ago 13 d 2012 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 13 2012 | Radicado | ||
Ago 16 2012 | Publicación | ||
Jun 21 2013 | Retirado por el Autor | Art. 155 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Estampillas
Tema
Seguridad Social y salud
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 13, 2012
Legislatura
Legislatura Jul 2012 - Jun 2013
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