“Por la cual se adicionan dos parágrafos al artículo 2455 del Código Civil, con el fin de facilitar el acceso en materia de créditos hipotecarios para el sector agropecuario. [Créditos hipotecarios para el sector agropecuario]”
Estados del Proyecto
Radicado
04.26.2011
Publicación
05.03.2011
Publicada Ponencia Primer Debate
06.02.2011
Aprobado Primer Debate
06.15.2011
Publicada Ponencia Segundo Debate
08.11.2011
Aprobado Segundo Debate
08.30.2011
Publicada Ponencia Tercer Debate
10.12.2011
Aprobado Tercer Debate
11.23.2011
Publicada Ponencia Cuarto Debate
02.17.2012
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2013
Sinopsis
La presente ley tiene por objeto facilitar las condiciones de acceso a créditos hipotecarios para el Sector Agropecuario, permitiendo que se constituyan más de un gravamen hipotecario sobre un mismo bien inmueble, sin necesidad de desenglobarlo o dividirlo, previamente a la constitución y/o registro de estos gravámenes. La hipoteca podrá limitarse a una determinada suma, con tal que así se exprese inequívocamente, pero no se extenderá en ningún caso a más del duplo del importe conocido o presunto, de la obligación principal, aunque así se haya estipulado.
El deudor tendrá derecho para que se reduzca la hipoteca a dicho importe; y reducida, se hará a su costa una nueva inscripción, en virtud de la cual no valdrá la primera sino hasta la cuantía que se fijare en la segunda. Podrán constituirse hipotecas parciales sobre bienes inmuebles dedicados a la actividad agropecuaria, estos gravámenes o afectaciones parciales podrán ser inscritos en la oficina de registro de instrumentos públicos a favor de los acreedores, en dicho acto se determinará de manera precisa el valor del gravamen y la parte específica del bien sobre la cual recaerá cada gravamen.
En los casos de hipotecas parciales de un mismo bien, los acreedores tendrán un derecho real sobre la parte hipotecada de acuerdo con lo previsto en el inciso primero del artículo 665 del Código Civil; En caso de presentarse incumplimiento de las obligaciones por parte del deudor, el acreedor podrá hacer efectiva la garantía hipotecaria y la autoridad competente podrá ordenar el desenglobe o división del bien y en consecuencia la apertura de un nuevo folio de matrícula inmobiliaria a favor del acreedor o quien haga sus veces.
Datos Generales
Abr 26 d 2011 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Abr 26 2011 | Radicado | ||
May 03 2011 | Publicación | ||
Jun 02 2011 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 15 2011 | Aprobado Primer Debate | Com III Senado | |
Ago 11 2011 | Publicada Ponencia Segundo Debate | Segundo debate | |
Ponentes | |||
Ago 30 2011 | Aprobado Segundo Debate | Plenaria Senado | |
Oct 12 2011 | Publicada Ponencia Tercer Debate | Tercer debate | |
Ponentes | |||
Nov 23 2011 | Aprobado Tercer Debate | Comisión III Cámara | |
Feb 17 2012 | Publicada Ponencia Cuarto Debate | Cuarto debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2013 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art. 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Agropecuario y agrícola
Tema
Economía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 26, 2011
Legislatura
Legislatura Jul 2010 - Jun 2011
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
Agropecuario agricola desarrollo rural credito credito hipotecario Codigo Civil