“Por la cual se adiciona un artículo nuevo a la Ley 1266 de 2008.”
Estados del Proyecto
Radicado
12.18.2009
Publicación
01.08.2010
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2010
Sinopsis
Concede seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, para que los titulares de la información objeto de reporte a los bancos de datos a que alude el artículo 21 de la Ley 1266 de 2008, cancelen dichas obligaciones. De efectuarse el pago dentro del término anterior, la información negativa permanecerá en los bancos de datos durante el año siguiente a la fecha del pago, vencido el cual, el dato negativo deberá ser retirado automáticamente de los bancos de datos.
Datos Generales
Dic 18 d 2009 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Dic 18 2009 | Radicado | ||
Ene 08 2010 | Publicación | ||
Jun 20 2010 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Economía
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
dic. 18, 2009
Legislatura
Legislatura Jul 2009 - Jun 2010
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