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“Por la cual se adiciona al Código Penal medidas en materia de seguridad en la operación de transporte aeréo colectivo. [Transporte aéreo colectivo]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Se propone elevar a delito algunos actos indebidos contra la seguridad en la operación del servicio de transporte aéreo colectivo, y se establecen unas prohibiciones administrativas en materia ambiental frente a actividades que representan grave riesgo para la seguridad de la aeronavegación civil. Básicamente se prohíben y sancionan conductas como el uso de elementos electrónicos personales en los vuelos, el hurto o daño de elementos de seguridad y emergencia, la invasión de pistas de aterrizaje y la realización de actividades que generan directa o indirectamente obstáculos en el espacio aéreo aledaño a los aeropuertos.


Datos Generales

Ago 11 d 2003 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 11 2003

Radicado

Ago 19 2003

Publicación

410/03

Abr 05 2004

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

115/04

Ponentes

Jun 02 2004

Aprobado Primer DebateComisión I Senado

264/04

Jun 10 2004

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

264/04

Ponentes

Jun 17 2004

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

362/04

Ago 19 2004

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

496/04

Ponentes

Sep 28 2004

Aprobado Tercer DebateComisión I Cámara

604/04

Sep 29 2004

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

604/04

Ponentes

Jun 20 2005

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992

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