“Por la cual se adiciona la Ley 711 de 2001 (la cual reglamenta el ejercicio de la ocupación de la cosmetología y se dictan otras disposiciones en materia de salud estética) y se dictan otras disposiciones.”
Estados del Proyecto
Radicado
03.17.2005
Publicación
03.28.2005
Publicada Ponencia Primer Debate
05.26.2005
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2005
Sinopsis
La presente ley pretende establecer los beneficiarios y el alcance de la Ley 711 de 2001, por la cual se reglamenta el ejercicio de la ocupación de la cosmetología y se dictan otras disposiciones en materia de salud estética.
Artículo 2°. Artes o profesiones que cubre la presente ley. Los beneficiarios de la presente ley son las personas que desarrollan las siguientes áreas: Peluqueros(as), Manicuristas(os) y pedicuristas(os), Maquilladores(as), Técnicos(as) Capilares, masajistas y Cosmetólogos (gas) entendiéndose como procedimientos de los cosmetólogos la limpieza facial, masajes faciales y corporales, depilación, drenaje linfático, procedimientos que no sean de carácter invasivo.
Datos Generales
Mar 17 d 2005 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Mar 17 2005 | Radicado | ||
Mar 28 2005 | Publicación | ||
May 26 2005 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2005 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Seguridad Social y salud
Tema
Comercio, industria y turismo
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
mar. 17, 2005
Legislatura
Legislatura Jul 2004 - Jun 2005
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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