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“Por la cual modifica el artículo 13 de la Ley 178 de diciembre 30 de 1959.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Con esta iniciativa se busca que la totalidad de los recursos recaudados y entregados por los Tesoreros Municipales a Centrales Eléctricas del Cauca, Cedelca S. A. ESP, producto del impuesto previsto en la Ley 178 de 1959, tengan una destinación específica y por consiguiente sean invertidos en la ejecución de obras para el departamento del Cauca en plantas y equipos de generación de energía, líneas de conexión, redes de distribución y de interconexión, como también en las obras eléctricas y civiles que hagan parte de los planes de expansión que vaya aprobando la empresa, y en fin todas aquellas actividades que ameriten la estabilidad y permanencia de la institución, para una eficiente prestación del servicio público en aras de una mejor calidad de vida de los habitantes de est a región del país.


Datos Generales

Ago 06 d 2003 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 06 2003

Radicado

Ago 13 2003

Publicación

404/03

Dic 11 2003

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

673/03

Ponentes

Mar 24 2004

Aprobado Primer DebateComisión V Cámara

May 18 2004

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

204/04

Ponentes

Dic 14 2004

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

49/05

Abr 18 2005

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

182/05

Ponentes

May 25 2005

Aprobado Tercer DebateComisión V Senado

324/05

Jun 03 2005

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

324/05

Ponentes

Jun 15 2005

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Senado

378/05, 476/05

Jul 26 2005

Sancionado como LeyLey 980 de 2005

496/05

Datos generales