“Por el cual se tiene como base para la liquidación de la pensión por vejez, el salario devengado durante el último año. [Pensión de vejez]”
Estados del Proyecto
Radicado
08.05.2011
Publicación
08.10.2011
Publicada Ponencia Primer Debate
10.04.2011
Archivado en Debate
11.22.2011
Sinopsis
Los trabajadores que hayan cumplido con la edad y el número de semanas cotizadas, ordenadas por la ley, tendrán como base para la liquidación de la pensión por vejez, el salario devengado durante el último año. Los trabajadores que no hayan tenido continuidad en sus cargos laborales, se tomará como base de liquidación el promedio de los tres (3) últimos años laborados. De todas formas, en uno u otro caso, la base de la liquidación de pensión que se adopte deberá aplicarse la indexación a fin de recuperar el poder adquisitivo de la pensión.
Datos Generales
Ago 05 d 2011 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 05 2011 | Radicado | ||
Ago 10 2011 | Publicación | ||
Oct 04 2011 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Nov 22 2011 | Archivado en Debate | Art 157 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Seguridad Social y salud
Tema
Bienestar y pobreza
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 5, 2011
Legislatura
Legislatura Jul 2011 - Jun 2012
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
seguridad social pensiones pension seguridad pensional empleados trabajadores pensionados vejez adulto mayor salario