“Por el cual se reforman las Leyes 23 de 1982, 44 de 1993 y 232 de 1995 con el fin de proteger a los autores, compositores e interpretes de obras musicales.”
Estados del Proyecto
Radicado
11.09.2005
Publicación
11.16.2005
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.21.2006
Sinopsis
Sin perjuicio de la gestión individual de derechos sobre obras musicales, los autores, compositores e intérpretes de obras musicales podrán formar libremente sociedades de gestión de sus intereses, o asociaciones de derechos de autor, con un número no inferior a cien (100) socios o asociados que acrediten la calidad de autores, compositores e intérpretes de obras musicales. Los autores, compositores e intérpretes escogerán la forma societaria o de asociación que a bien tengan crear. Una sociedad autoral-musical de gestión colectiva de derechos de autor podrá estar integrada por autores y compositores. Una sociedad o asociación autoral-musical de gestión colectiva de Derechos conexos, podrá estar integrada por: Intérpretes y Músicos Profesionales. Una entidad autoral-musical, con forma jurídica distinta de Asociación o de Sociedad de Gestión Colectiva, podrá integrarse simultáneamente por: Autores, Compositores, Intérpretes y músicos profesionales.
Datos Generales
Nov 09 d 2005 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Nov 09 2005 | Radicado | ||
Nov 16 2005 | Publicación | ||
Jun 21 2006 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Derechos de autor
Tema
Economía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
nov. 9, 2005
Legislatura
Legislatura Jul 2005 - Jun 2006
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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