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“Por el cual se reforma la Constitución Política de Colombia en sus artículos 190 y 197. [Periodo presidencial y no reelección]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El Presidente de la República será elegido para un período de cinco años, por la mitad más uno de los votos que, de manera secreta y directa, depositen los ciudadanos en la fecha y con las formalidades que determine la ley. Si ningún candidato obtiene dicha mayoría, se celebrará una nueva votación que tendrá lugar tres semanas más tarde, en la que sólo participarán los dos candidatos que hubieren obtenido las más altas votaciones. Será declarado Presidente quien obtenga el mayor número de votos. No podrá ser elegido Presidente de la República el ciudadano que a cualquier título hubiere ejercido la Presidencia.


Datos Generales

Sep 10 d 2013 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 10 2013

Radicado

Sep 11 2013

Publicación

711/13

Oct 10 2013

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

819/13

Ponentes

Nov 13 2013

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992