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“Por el cual se reforma la Ley 134 de 1994 y se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El proyecto plantea la reducción del porcentaje para convocar a un Referendo del 5% del censo electoral al 1% de las personas que conforman el censo electoral. Las normas que hayan sido derogadas o aprobadas mediante referendo, no podrán ser objeto de decisión de la corporación respectiva durante el período electoral en el cual fueron aprobadas o derogadas; únicamente podrán ser objeto de decisión de la siguiente corporación. El período para la realización del referendo se reducirá de 6 a 3 meses y el término para la consulta popular también se reducirá a 3 meses. El mandato de gobernadores y alcaldes podrá ser revocado por la mitad más uno de los votos de la respectiva votación, siempre y cuando el número de sufragios no sea inferior al 60% de la votación registrada el día en que se eligió al mandatario.


Datos Generales

Oct 12 d 1999 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Oct 12 1999

Radicado

Oct 13 1999

Publicación

374/99

Nov 24 1999

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

470/99

Ponentes

May 31 2000

Retirado por el AutorCom I Senado Art 155 Ley 5 1992

328/00

Datos generales

  • Cuatrienio

    1998 2002

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Participación ciudadana

  • Tema

    Organización Electoral y elecciones

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    140/99

  • Fecha de Radicación

    oct. 12, 1999

  • Legislatura

    Legislatura Jul 1999 - Jun 2000

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    328/00

    470/99

    374/99

  • Tags

    referendo revocatoria del mandato