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“Por el cual se reforma el artículo 220 de la Constitución Política. [Justicia militar]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los miembros de la Fuerza Pública no pueden ser privados de sus grados, honores y pensiones, ni sancionados por faltas cometidas en servicio activo, sino en los casos y mediante el procedimiento que determinen las leyes disciplinarias militar y policial y únicamente por las autoridades en ellas señaladas como competentes


Datos Generales

Oct 08 d 2003 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Oct 08 2003

Radicado

Oct 10 2003

Publicación

530/03

Oct 29 2003

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer

559/03

Ponentes

Dic 11 2003

Archivado en DebateComisión I Senado

25/04

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto Acto Legislativo

  • Tema

    Seguridad, defensa y fuerza pública

  • Tema

    Derechos Fundamentales

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    06/03

  • Fecha de Radicación

    oct. 8, 2003

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2003 - Jun 2004

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    25/04

    559/03

    530/03

  • Tags

    Fuero militar