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“Por el cual se reforma el artículo 99 de la Constitución Política de Colombia. [Derechos políticos para los mayores de 16 años]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los nacionales mayores de 16 años ejercerán libremente el derecho al sufragio y los demás derechos políticos contenidos en el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia y podrán ser elegidos como Ediles, Concejales o Diputados, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos contemplados en la ley. Las Asambleas Departamentales determinarán la entrada en vigencia de la habilitación de los mayores de dieciséis años, para ser elegidos como integrantes de las Juntas Administradoras Locales, en los Concejos y en las respectivas Asambleas.


Datos Generales

Mar 21 d 2013 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Mar 21 2013

Radicado

Mar 22 2013

Publicación

137/13

Abr 30 2013

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

262/13

Ponentes

Jun 17 2013

Archivado por Vencimiento de TérminosArt. 224 Ley 5 de 1992