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“Por el cual se modifican los artículos 45 y 65 de la Constitución Política estableciendo el derecho fundamental a la alimentación y a no padecer hambre. [Derecho fundamental a la alimentación]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Toda persona tiene derecho a la alimentación y nutrición adecuadas. El Estado deberá promover las acciones necesarias para que las personas que residan en el territorio nacional puedan acceder a una alimentación adecuada y el derecho fundamental a no padecer hambre. La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras.


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Jul 28 d 2020 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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