“Por el cual se modifica el articulo 376 de la Ley 599 de 2000.”
Sinopsis
El proyecto pretende modificar el artículo 376 de la Ley 599 de 2000 que quedará así:
Artículo 376. Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. El que para fines ilícitos y sin permiso de autoridad competente, introduzca al país, así sea en tránsito o saque de él, transporte, lleve consigo, almacene, conserve, elabore, venda, ofrezca, adquiera, financie o suministre a cualquier título droga, medicamento o cualquier sustancia no apta para el consumo humano que produzca dependencia, incurrirá en prisión de ciento veintiocho (128) a trescientos sesenta (360) meses y multa de mil trescientos treinta y tres punto treinta y tres (1.333.33) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, será la entidad competente para: fijar mediante resolución la medida referencia de cada dosis personal y será la encargada de crear y actualizar el registro de estupefacientes y sustancias que generan farmacodependencia, sustancias estas, las cuales serán penadas en la misma forma que las sustancias enunciadas en este artículo de acuerdo a la unidad de dosis personal existente.
Datos Generales
May 28 d 2008 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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May 28 2008 | Radicado | ||
May 29 2008 | Publicación | ||
May 30 2008 | Retirado por el Autor | Art 155 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Justicia
Tema
Seguridad Social y salud
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
mayo 28, 2008
Legislatura
Legislatura Jul 2007 - Jun 2008
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
penal droga medicamentos narcóticos tráfico de drogas estupefacientes Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Medicina Legal Dósis Personal dósis mínima