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“Por el cual se modifica el artículo 79 de la Constitución Política de Colombia. [Naturaleza como sujeto de derechos]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

"La naturaleza, como una entidad viviente sujeto de derechos, gozará de la protección y respecto por parte del Estado y las personas a fin de asegurar su existencia, hábitat, restauración, mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, así como la conservación de su estructura y funciones ecológicas."


Datos Generales

Jul 30 d 2019 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 30 2019

Radicado

Ago 02 2019

Publicación

687/19

Sep 11 2019

AcumuladoVer PL 74/19 C